Nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
A continuación, se ofrece un resumen del nuevo Reglamento Federal de Seguridad y
Salud en el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Noviembre de
2014, éste abroga el “Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo” expedido en el año 1997.
Objeto: Regular y establecer las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que se deben observar en los centros de trabajo.
Sujetos: Patrones; Trabajadores; Autoridades Competentes.
Inicio de vigencia: 3 meses después de su publicación en el DOF
I. Obligaciones Generales:
Patrón:
• Integrar una Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, bipartita y paritaria.
Se cuenta con un plazo de 90 días naturales una vez iniciadas las operaciones en el centro de trabajo, se debe capacitar a los integrantes de la Comisión para prestar primeros auxilios en caso de ser necesario.
Debe contar con los programas de recorridos y se debe difundir entre los trabajadores los nombres de los integrantes de la Comisión Mixta; los resultados de las investigaciones de los accidentes de trabajo así como las medidas propuestas por la Comisión para la adecuada realización de sus funciones.
• Informar a los Trabajadores respecto de los riesgos relacionados con la
actividad que desarrollen
• Capacitar a todos los Trabajadores respecto a la prevención de riesgos y
atención a emergencias.
Se debe capacitar de manera especial al personal que forme parte de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.
• Prestación de Servicios Preventivos de Seguridad y Salud
1.-‐ Se deberá contar con un diagnóstico de Seguridad y salud en el Trabajo así como los estudios y análisis de riesgos y en bese a ellos, contar con un programa de Seguridad y Salud, en el que se indiquen: