“De la Peza y Matuk. Abogados informa que la SCJN a través de tesis de jurisprudencia estableció que: “Cuando la compraventa de acciones y partes sociales de las personas morales, sea igual o mayor a 8025 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, los notarios están obligados a dar aviso de las de operaciones de constitución de las personas morales”.