Los animales eran considerados cosas, por increíble que parezca, así sucedía en España antes de la más reciente reforma a su Código Civil para considerarlos seres vivos dotados de “sensibilidad”. Nuestro socio DPMA, nos comparte su opinión e informa sobre el derecho comparado:
“A diferencia de la legislación española, en nuestro país los animales son considerados seres vivos y no bienes. En consecuencia, se les ha dotado de protección jurídica sancionando a quienes cometan delitos en su contra y si bien la legislación civil como tal no contempla un reconocimiento a los animales, sí existe legislación creada con el propósito de reconocer su naturaleza y la protección de los mismos”.